Comunicado de prensa 5 abril 2018
El Grupo Municipal alega que la consulta popular debe versar “sobre un asunto competencia propia de este municipio”, no sobre una decisión que es “de carácter personal”. Aporta argumentos de la Ley de Régimen Local de 1985 y de la Ley andaluza de consultas locales de 2001, así como jurisprudencia del Supremo. “Miguel Moreno tiene que dejar las operaciones electoralistas y ponerse a trabajar”, dice Isabel María Aguilera.
El Grupo Municipal del PSOE de Porcuna ha impugnado la consulta popular planteada por el alcalde al considerar que “no cumple con los requisitos legales exigidos”, ya que la votación debería versar “sobre un asunto competencia propia de este municipio” y no sobre la continuidad de una serie de concejales, que es un asunto “que corresponde a la esfera personal” de esos ediles.
La portavoz del Grupo Socialista, Isabel María Aguilera, explica que ya se ha registrado en el Ayuntamiento esta alegación al acuerdo de pleno de 13 de marzo, un acuerdo que no cumple con los requisitos contemplados en el artículo 71 de la Ley 7/1985 de 2 abril, reguladora de Bases del Régimen Local, y en el artículo 2 de la Ley del Parlamento de Andalucía 2/2001, de 3 de mayo, sobre la regulación de consultas populares.
“La renuncia a la condición de alcalde y de concejal no se configura en la Ley como competencia propia de las entidades locales, sino como un derecho de los miembros de las entidades previsto en el reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Es un derecho y un deber condicionado, una vez elegido, que depende solamente de la voluntad del concejal o del alcalde”, subraya.
Aguilera señala que la alegación del PSOE se ampara en el artículo 71 de la Ley de Régimen Local, que dice que los alcaldes podrán someter a consulta popular “aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos”.
Además, tiene que haber “autorización” del Gobierno de España. Igualmente, se alude a la Ley andaluza de consultas locales, cuyo artículo 2 dice que este instrumento sirve “para conocer la opinión de los vecinos sobre asuntos de la competencia propia municipal”.
Asimismo, se aporta jurisprudencia del Tribunal Supremo, que sentencia que el objeto de la consulta popular “debe referirse a asuntos relativos a la acción del gobierno local, de carácter local, que versen sobre materias de competencia propia municipal, que sean de especial relevancia para los intereses de los vecinos”.
En este sentido, el documento del PSOE aporta las materias sobre las que los ayuntamientos tienen competencias según el artículo 25 de la Ley de Régimen Local y que son, entre otras, cuestiones relativas a urbanismo, medio ambiente, abastecimiento de agua, infraestructuras viarias, situaciones de necesidad social, policía local, tráfico, turismo, ferias, mercados, salud pública, instalaciones deportivas o equipamientos culturales.
“Exigimos al señor Moreno que se deje de operaciones electoralistas, que no utilice el Ayuntamiento con fines partidistas y que se ponga a trabajar de una vez por los vecinos y vecinas de Porcuna, porque lleva mucho tiempo desaparecido, más dedicado a otros menesteres que a gestionar los asuntos municipales, que debería ser su principal obligación”, apostilla.